FICHA
- Producto Oficina
- Operación Alquiler
- Barrio Puerto Madero
- Despachos 9
- Baños 3
- Cocheras 2
- Antigüedad 25 años
- Estado A refaccionar
- Orientación Noroeste
- Disposición Frente
- Sup. Total 220,59 m2
- Sup. Cubierta 158,00 m2
- Sup. Semi Cubierta 7,35 m2
- Sup. Descubierta 54,69 m2
- Expensas 660000
U$S 2.000
ALQUILER
Alicia M. de Justo 1100
Puerto Madero
Interesante oportunidad!!!
Duplex en 4to.piso , de 9 ambientes en esquina con triple orientación, al Este ,al Norte y al Oeste.
Con Balcón terraza en esquina.
Vista al Puente de la Mujer, al dique y a la Aduana.
oficina Comercial para hacer menos ambientes ambientes más amplios o menos amplios .
Total 9 ambientes distribuidos en 2 plantas.
Toilette de recepción, más 2 baños .
Dos cocheras fijas doble.
En 5to piso del edificio parrilla cubierta de uso comun.
Posibilidad de negociación con LOCADOR para acondicionar la oficina a cargo del Locatario.
Alquiler 2.000 dólares más IVA ,contrato a 24 y/o 36 meses , actualizacion a convenir.
En pesos y/o en dólares.
Demostración de ingresos y garantía propietaria y/o Seguro de Caución.
Honorarios a cargo del Locatario 6% del total del contrato.
Corredor Inmobiliario Responsable
Alba Garcia Propiedades
Cucicba 6712
DETALLE DE LA PROPIEDAD
Expensas: 660000
Imp. ABL: 250000
ADICIONALES
VIDEOS
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.