FICHA
- Producto Oficina
- Operación Alquiler
- Barrio Puerto Madero
- Despachos 2
- Baños 2
- Cocheras 1
- Antigüedad 23 años
- Estado Muy Bueno
- Orientación Este
- Disposición Contrafrente
- Sup. Total 102,00 m2
- Sup. Propia 102,00 m2
- Sup. Cubierta 90,00 m2
- Sup. Descubierta 12,00 m2
- Expensas $258.000
U$S 1.200
ALQUILER
Alicia M. de Justo 1100
Puerto Madero
Oficina Dúplex con Vista al Dique y Terraza al Este
-Superficie Total: 102 m² (82 m² cubiertos + 1 cochera fija en primer subsuelo)
-Distribución: Espaciosa y luminosa, dividida en dos plantas con un baño en cada nivel.
-Balcon aterrazado: Ideal para disfrutar de la orientación al este y la tranquilidad
-Silenciosa y sin mobiliario: Para que adaptes el espacio a tu medida
-Edificio con vigilancia 24hs
-Información adicional:
- Expensas: $240.000 incluye Aysa
A.BL $102.000.-
- Contrato de alquiler: 2 años | u$s 1.200 más IVA
- Honorarios: 5% para compra | 6% sobre el total del contrato para alquiler
Contacto: Corredor Inmobiliario Responsable
ALBA GARCIA PROPIEDADES | Matrícula CUCICBA 6712
DETALLE DE LA PROPIEDAD
Ascensor: 6
Baños: 2
Cochera: FIJA
Deptos. por Piso: 10
Dormitorio: 7X3,20
Dormitorio: 7X3,20
Expensas: $258.000
Hall: 2X1,20
Sala Reunión: GENERAL
Terraza: GENERAL
ADICIONALES
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.